Las tasas de interés siguen siendo las mismas para el tercer trimestre de 2025

IR-2025-59, 12 de mayo de 2025

WASHINGTON — El Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés) anuncia que las tasas de interés permanecerán iguales para el trimestre que comienza el 1ro de julio de 2025.

Para las personas físicas, la tasa de sobrepagos y pagos insuficientes será del 7% anual, compuesto diariamente. A continuación se muestra una lista completa de las tasas de interés:

  • 7% para sobrepagos (pagos realizados en exceso de la cantidad adeudada), 6% para sociedades anónimas.
  • 4.5% por la parte de un sobrepago de una sociedad anónima que exceda los $10,000.
  • 7% por pagos insuficientes (impuestos adeudados pero no pagados completamente).
  • 9% para los pagos grandes insuficientes de las sociedades anónimas.

De conformidad con el Código de Impuestos Internos (IRC, por sus siglas en ingles), el tipo de interés se determina trimestralmente. Para los contribuyentes que no sean sociedades anónimas, las tasas de sobrepago y de pago insuficiente son iguales a la tasa federal de corto plazo más tres puntos porcentuales.

Por lo general, en el caso de una sociedad anónima, la tasa de pago insuficiente es la tasa federal a corto plazo más tres puntos porcentuales y la tasa de pago excesivo es la tasa federal a corto plazo más dos puntos porcentuales. La tasa para los pagos grandes insuficientes de las sociedades anónimas es la tasa federal a corto plazo más cinco puntos porcentuales. La tasa sobre la porción de un sobrepago de impuestos de una sociedad anónima que exceda los $10,000 para un período tributario es la tasa federal de corto plazo más la mitad (0.5) de un punto porcentual.

Estas tasas de interés se calculan a partir de la tasa federal a corto plazo determinada durante abril de 2025.

Resolución administrativa tributaria 2025-11 (en inglés) que anuncia las tasas de interés aparecerá en el Boletín de Ingresos Internos 2025-23, de fecha 2 de junio de 2025.